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Conoce los casos en los que el autónomo debe aplicar este criterio en su contabilidad

La inversión del sujeto pasivo se define como aquella en la que el IVA lo paga el cliente y no el profesional autónomo. Esto solo puede darse cuando el cliente es una empresa u otro trabajador autónomo, pero en ningún caso si es un particular.

A pesar de que no es muy común, los casos que se dan se amparan en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, sobre el Valor Añadido, tal y como explica la compañía Declarando, en un comunicado publicado por la Agencia EFE.

Esta inversión del sujeto pasivo se da cuando las actividades o servicios sean realizados por profesionales residentes en territorios en los que no se aplica el IVA, como pueden ser los casos de Canarias, Ceuta o Melilla. Aunque el ejemplo más recurrente es el de las compras intracomunitarias.Aunque no habrá inversión del sujeto pasivo, según aseguran los expertos del portal especializado Iberley, en los siguientes casos:

  • Cuando el vendedor está en régimen de Franquicia.
  • Cuando sean operaciones derivadas de exportaciones
  • Cuando el receptor de la factura pertenezca al régimen especial de agricultura, ganadería y pesca

Sí se permite la inversión del sujeto pasivo cuando se hagan pedidos de plata, platino o paladio en polvo o semielaborado, así como en los casos de desechos industriales de hierro, papel, cartón o vidrio. También en las rehabilitaciones de locales para negocios y en las ejecuciones de obra.

En el aspecto tecnológico, también ocurre con las reventas de teléfonos móviles, consolas, ordenadores portátiles o tabletas. “Por último, también se podrá efectuar en los casos de entregas inmobiliarias consecuencia de procesos concursales y en las entregas con denuncia a la exención del IVA por parte del propio sujeto pasivo”; explican desde EFE.

Cómo emitir estas facturas

Los autónomos que emitan este tipo de facturas sólo deben cobrar la base imponible, sin el IVA. Eso sí, deberá quedar constancia en la propia factura de que es con inversión de sujeto pasivo y mencionar la Ley citada al inicio de este artículo. “Además se deberá reflejar en el Modelo 303 (casilla 61) y en el Modelo 390 anual”, aseguran en el comunicado.