La actual situación ha puesto contra las cuerdas a muchas de las empresas en nuestro país a la hora de hacer frente a sus deudas o cumplir sus obligaciones financieras.
Antes de echar el cierre por insolvencia existen varias opciones, entre ellas se encuentran los preconcurso de acreedores, que como puede intuirse es la fase anterior al concurso de acreedores.

¿Qué és?

Este término no existe como tal por Ley, pero se considera que una empresa se halla en esa situación cuando ha solicitado y se le concede una prórroga o periodo para que intente reconducir su situación económica. De acuerdo con la Ley actual, el deudor debe solicitar la declaración de concurso de acreedores dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido la insolvencia, tratando así de refinanciar su deuda.

 

Ventajas y Desventajas del Preconcurso de Acreedores

En cuanto a los efectos del preconcurso de acreedores, se prohíbe el vencimiento de los créditos a plazo, se suspende la posibilidad de ejecución contra el patrimonio del deudor hasta que no transcurren tres meses de plazo que suelen dar de prórroga y finalmente dándose la situación de preconcurso impide que admitan trámites de solicitud de acreedores posteriores a la prórroga.
Ventajas :
– plazo extra ya que suele conseguir un acuerdo que posibilite la supervivencia de la empresa pudiendo continuar su actividad sin estar intervenido o fiscalizado

– si no fuera posible salvar la quiebra de la empresa, es un proceso mucho menos farragoso en términos burocráticos y legales, ya que ciertos trámites pueden agilizar

Diferencia entre concurso y preconcurso de acreedores

La principal diferencia es durante el preconcurso la empresa puede seguir desempeñando su actividad, ya que no entra directamente a ser controlada por el administrador concursal. Otra diferencia es la agilidad para la tramitación de los procedimientos ya que el concurso de acreedores consta de varias fases, además mediante el preconcurso no figurará en ningún registro público si así lo solicita el deudor hasta la finalización de su prórroga

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