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La campaña de la Renta de este año incorpora una serie de novedades como el fin de la tributación por las prestaciones de maternidad y paternidad o la reducción de cuota para rentas bajas

La campaña de la Renta 2018-2019 comenzó el pasado 2 de abril y finalizará el 1 de julio en general, si bien concluirá con anterioridad, el 26 de junio, en los casos de declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta. Quienes opten por presentar su declaración de manera presencial en oficinas tendrán que esperar hasta el 9 de mayo para solicitar la cita previa y hasta el 14 de mayo para ser atendidos. El plazo para presentar las declaraciones terminará el 1 de julio, salvo en los casos con resultado a ingresar que quieran domiciliarse, que tendrán que hacerse antes del 26 de junio. Los contribuyentes que quieran fraccionar el pago tendrán que realizar el segundo abono antes de 5 de noviembre.

Entre otros supuestos, quienes ingresen rentas del trabajo de más de 22.000 euros de un pagador o más de 12.643 euros de varios pagadores. Sin embargo, los no obligados pueden optar por presentar la declaración en caso de que puedan beneficiarse de una devolución.

La campaña de la Renta de este año incorpora una serie de novedades como el fin de la tributación por las prestaciones de maternidad y paternidad, la reducción de cuota para rentas bajas o las mayores deducciones para la inversión en nuevas empresas, familias numerosas o gastos de guardería. La campaña del año pasado introdujo como novedades la posibilidad de presentar declaraciones a través de la aplicación móvil y la opción de solicitar cita previa para el Plan «Le llamamos», por el que la AEAT llama a los contribuyentes y les confecciona y presenta la declaración por teléfono.

Para que la declaración de la Renta de este año salga a devolver o para pagar menos a Hacienda, conviene revisar bien las casillas relacionadas con el cambio en las situaciones personales, las rentas exentas o las deducciones estatales y autonómicas, entre otras. Aunque solo están obligados a realizar la declaración los contribuyentes que ingresen rentas del trabajo de más de 22.000 euros de un pagador o más de 12.643 euros de varios pagadores, a veces, sale a cuenta realizarla para acceder a diferentes beneficios fiscales.

La declaración de la Renta puede presentarse por internet a través del programa Renta Web; mediante la aplicación móvil de la Agencia Tributaria; con el plan de ayuda telefónica «Le llamamos» o presencialmente en oficinas. Por primera vez, este año ya no puede solicitarse la predeclaración en papel. Para acceder a los servicios como el borrador de declaración hay que identificarse a través de certificado o DNI electrónico, Cl@ve PIN -que puede obtenerse por internet, en las oficinas de la Agencia Tributaria o a través de la aplicación móvil Cl@ve PIN- o número de referencia -que se obtiene con el importe de la casilla 475 de la declaración de la Renta de 2017, con certificado o DNI electrónico, Cl@ve PIN o la aplicación móvil de la Agencia Tributaria-.