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Limitaciones en pymes y autónomos para este tipo de retribución para sus empleados

El salario en especie es un tipo de retribución que consiste en una prestación distinta del dinero. Su traducción económica debe satisfacer las necesidades del trabajador y de su familia, y bajo ningún concepto puede incluir los bienes que proporcione la empresa para que el trabajador pueda desarrollar su actividad.

Para que un autónomo pueda pagar a sus empleados en especie debe reunir una serie de condicionantes o requisitos:

– La retribución debe ostentar un carácter patrimonial. Es decir, que sea convertible en dinero.

– Debe suponer una cantidad económica suficiente para que el trabajador adquiera un incremento patrimonial por importe equivalente al valor del trabajo objeto de remuneración.

– Debe tratarse de un bien o servicio entregado en correspondencia con el trabajo prestado por cada trabajador, por lo que no es salario cuando se entrega de forma indiferenciada a un grupo de trabajadores.

Las prestaciones apropiadas al uso personal del trabajador y de su familia y el valor atribuido a dichas prestaciones en especie debe ser justo y razonable, tal y como indican desde la Agencia Tributaria.

«El abono del salario en especie puede generar abusos y perjuicios para el trabajador. Por ello, se entiende que sólo existe salario en especie cuando viene fijado por las normas legales o convencionales aplicables o haya sido objeto de pacto expreso o tácito», añaden estos expertos, que además subrayan que los rendimientos de trabajo en especie «se valoran de acuerdo con las normas establecidas en la normativa reguladora del IRPF». Así queda recogido en el manual ‘Memento Contrato de Trabajo 2019-2010’, una guía de contrato de trabajo elaborado por la editorial Lefebvre.

Ejemplos de retribución en especie

Los bienes sujetos a una retribución en especie son la vivienda, la manutención o un vehículo.

En el caso de la vivienda, constituye un salario en especie la puesta a disposición del trabajador de una vivienda o alojamiento a título gratuito, sin pago de alquiler.

Respecto a la manutención, implica la entrega de cheques restaurantes o la posibilidad de disfrutar de servicio de comedor en las instalaciones de la empresa.

El vehículo de empresa, por su parte, conlleva que el uso esté destinado a fines particulares y privado. Esto, por lo tanto, no debe confundirse con un vehículo de empresa.

Limitaciones

Tal y como señalan desde la AEAT, el salario en especie no puede suponer en ningún caso el 30% de las percepciones salariales del trabajador, y no puede minorar la cuantía íntegra en dinero del salario mínimo interprofesional.